No entregó el departamento y ahora debe 100 millones
La Justicia neuquina condenó a una fiduciaria por los perjuicios a una jubilada, que había pagado el 70% del inmueble
Una fiduciaria fue condenada por la Justicia y deberá pagarle más de 100 millones de pesos a una jubilada neuquina ¿El motivo? Aplicó cláusulas abusivas en la venta de un departamento, del que la mujer ya había pagado el 70 por ciento. En su fallo, la jueza en lo Civil, María Eliana Reynals destacó que la vecina “había planificado durante años el acceso a una vivienda y seguía alquilando”.
Según trascendió al respecto, la firma que se negó a entregarle el departamento y fue condenada por ello se llama Desarrollos Fiduciarios S.A. y es conocida por los edificios Natania.
La mujer se había incorporado en 2017 al fideicomiso. En 2019 le fue adjudicado un departamento de un dormitorio ubicado en la ciudad de Neuquén. Sin embargo, cinco años después, cuando debían entregarlo, la empresa le exigió que incorporara dos garantes que firmaran un pagaré por el valor total de la operación.
Pese a que los ofreció, fueron rechazados sin una explicación clara. La mujer también propuso constituir una hipoteca sobre el mismo inmueble como garantía real, alternativa que tampoco fue considerada por la fiduciaria. Debido a que le firma no le entregó el departamento, inició la demanda por resolución contractual, restitución de lo abonado, daño moral y daño punitivo.
La empresa, que recurrió la sentencia de primera instancia, negó haber incumplido el contrato. Sostuvo que la posibilidad de financiar el saldo estaba sujeta a que la interesada reuniera condiciones mínimas del mercado financiero y crediticio, y que la entrega anticipada dependía de la presentación de garantías suficientes.
La jueza encuadró el caso como una relación de consumo y rechazó el argumento de la firma. Subrayó, además, que el conflicto debía analizarse no sólo desde la Ley de Defensa del Consumidor, sino también desde las convenciones internacionales de protección de personas con discapacidad y personas mayores.
Además, la jueza aplicó daño punitivo. Para ello ponderó que no se trataba de un incumplimiento aislado, sino de una conducta reiterada vinculada a la omisión del deber de información y al uso de cláusulas previamente cuestionadas. También valoró antecedentes judiciales y administrativos contra la misma empresa.