Solicitaron que se anule la prisión domiciliaria otorgada a un abusador

4 mayo, 2020
Solicitaron que se anule la prisión domiciliaria otorgada a un abusador
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El fiscal general José Gerez y el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid pidieron al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anule la prisión domiciliaria otorgada en el contexto de la pandemia del coronavirus, a un hombre condenado a 8 años de prisión por abuso sexual.

La decisión impugnada es la de un Tribunal de Impugnación que el pasado 27 de abril, otorgó la prisión domiciliaria a un hombre W.O.V. quien fue declarado responsable penal del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el uso de arma en diciembre de 2016. Lo condenaron a ocho años de prisión y la pena vencía en noviembre de 2025.

El hecho ocurrió el 7 de diciembre de 2014. Cuando W.O.V ingresó a una vivienda, amenazó con un arma a una mujer y a su hijo, y la obligó a ella a practicarle sexo oral.

Gerez y Breide Obeid plantearon en el recurso que “la decisión que venimos a impugnar causa una situación de gravedad institucional”. El fallo impugnado carece “de fundamentación suficiente, resulta arbitrario y violenta el derecho al debido proceso (art. 18 de la Constitución Nacional) que no sólo ampara al imputado sino también a las demás partes del proceso, incluido Ministerio Público Fiscal”, puntualizaron.

También plantearon que la resolución del Tribunal de Impugnación “aparece como autocontradictoria, porque si bien le da a la Fiscalía la razón en la inexistencia de superpoblación en la unidad y la ausencia de casos sospechosos de Covid 19 dentro de las unidades carcelarias, omite valorar el dictamen de la médica forense y resuelve la detención domiciliaria”.

El Tribunal de Impugnación dispuso la prisión domiciliaria para el hombre condenado, mientras dure el aislamiento social por lo que Gerez y Breide Obeid señalaron que esa decisión se fundamentó “sobre la base de una falacia refutada concretamente por el testimonio experto de la Dra. Haydee Fariña dado en audiencia y luego de estudiar la situación puntual de este condenado”.

 “Contra la recomendación médica” el Tribunal de Impugnación consideró “que es más seguro para la salud del prisionero que cumpla la condena en el domicilio de un familiar, a que lo haga en una institución de control máximo como es la Unidad de Detención N° 11, adonde se verifica por una vigilancia constante que se tomen todas la precauciones sanitarias, donde no hay hacinamiento y donde además tiene la atención médica disponible para su enfermedad (respiratoria)”, sin tener que concurrir a un hospital.

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