La golpeadora de docentes quedó presa (con domiciliaria)

La violenta que perpetró su salvaje agresión, en Neuquén, fue condenada un año y tres meses prisión. Por ahora tiene domiciliaria

La golpeadora de docentes quedó presa (con domiciliaria)

La violenta golpeadora de docentes fue condenada a 1 año y 3 meses de prisión de cumplimiento efectivo por amenazar a una maestra y agredir físicamente a dos directivas del Instituto de Formación Docente 12, ubicado en pleno centro de la ciudad de Neuquén. Sin embargo y pese a que le causó lesiones severas en el rostro a una de sus víctimas, en los primeros meses de condena purgará prisión domiciliaria ¿Por qué?

La decisión fue adoptada, hace apenas unas horas, por el juez Juan Guaita. Por pedido de la Fiscalía, el juez dispuso que durante los próximos 6 meses y mientras se cumplen los pasos de impugnación ordinaria, la grotesca agresora quede detenida en su domicilio para contrarrestar el incremento del peligro de fuga que implica la imposición de una pena de prisión efectiva.

El juez consideró como agravantes varios de los aspectos planteados por la fiscal Lucrecia Sola en la audiencia previa: que los hechos ocurrieron dentro de un establecimiento educativo y frente a alumnos, docentes, personal de seguridad y de limpieza; la existencia de múltiples víctimas; la conducta de la mujer después de haber sido advertida de que no debía regresar al establecimiento; el antecedente condenatorio que registra y la extensión del daño psicológico provocado a las víctimas. Sí, en efecto, esta doña ya tenía antecedentes delictivos.

La fiscal del caso también había planteado como agravante la secuencia entre los dos días en que ocurrieron los hechos. El 21 de abril de 2025, la delincuente amenazó a una docente y, pese a que se le hizo saber que no debía regresar al establecimiento, volvió al día siguiente y agredió físicamente a dos directivas. El juez consideró esta conducta como un agravante al momento de establecer la pena.

Cabe destacar que la fiscal Sola fundamentó el pedido de prisión domiciliaria en el riesgo de fuga y de entorpecimiento del proceso, teniendo en cuenta que la pena es de cumplimiento efectivo y que todavía puede ser revisada por las instancias de impugnación. El juez consideró que ambas medidas resultaban adecuadas para cautelar esos riesgos.

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