Asesino al volante: mató a siete y no va preso

Asesino al volante: mató a siete y no va preso

Un tribunal integrado por un juez y dos juezas condenó a Daniel Osbel Curruhuinca a la pena de 3 años de prisión condicional por haber causado la muerte de siete personas, al impactar el minibús en el que se trasladaban sobre la Ruta Nacional 40 con el camión que él conducía. Por decisión de esos jueces, el asesino al volante no fue preso, solo fue inhabilitado para conducir todo tipo de automotores por el plazo de 5 años y 6 meses.

La pena que habían requerido el fiscal del caso Hernán Scordo y el asistente letrado Federico Gayós, era de 5 años y 6 meses de prisión efectiva, más la inhabilitación especial para conducir por el mismo plazo.

Durante la audiencia de discusión de la pena, el fiscal indicó que el hecho destruyó familias, personas y vidas, y causó “un dolor que siempre permanecerá”. Sostuvo que el Ministerio Público Fiscal (MPF) trabajó sobre dos ejes para requerir la pena: el técnico de seguridad, que es la medida de la negligencia con la que actuó el acusado, y mediante el cual quedó acreditado que existió negligencia; y la extensión del daño que provocó.

Los jueces

El tribunal colegiado integrado por las juezas Laura Barbé y Bibiana Ojeda y por el juez Ignacio Pombo, consideró por unanimidad que es justo que este sujeto no vaya preso.

“Tenemos que expedirnos con las limitaciones del sistema penal; valorar las circunstancias que agravan y cuales las atenúan”, indicaron desde el tribunal. “La pena está mesurada en la medida de la culpabilidad de las personas y  en cuál es la finalidad de la pena para nuestro sistema penal, que es la reinserción de la persona condenada”, destacaron.

La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal fue que el hecho ocurrió el 11 de noviembre de 2023. El acusado manejaba un camión Scania que, aproximadamente a las 9:30, impactó un minibús, entre el kilómetro 2079 y 2080 de la Ruta Nacional 40, en el sector denominado “Puntilla del lago”, en cercanías de Villa La Angostura. El camión circulaba en dirección hacia Bariloche, con el chofer como único ocupante, y el minibús lo hacía en sentido contrario, con 13 personas (12 pasajeros y pasajeras junto con el chofer).

El Ministerio Público Fiscal sostuvo que el chofer del camión no respetó las señales de tránsito (doble línea amarilla) y realizó “una maniobra hacia su izquierda generando su ingresó al carril Este de la Ruta 40, invadiendo el espacio de circulación del Minibus”.

Como consecuencia del impacto, fallecieron siete pasajeros y pasajeras del minibus: Alezandra Martínez; Li Mei Chi Rufina; Ylenia del Carmen León Carrillo; Alfredo Eduardo Ezquerra; Ester Alicia Levy; Paola Andrea Pereyra; y Carlos Alberto Tejerina Ibarra. Además, otras seis personas que también viajaban en el rodado resultaron lesionadas.

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