Neuquén: asesinó a su hijo e iría 20 años preso
Esa es la pena que una fiscal pidió para Federico Costich, quien incendió la casa cuando su hijo estaba adentro
La fiscal Lucrecia Sola solicitó 20 años de prisión para Federico Costich, un criminal acusado de asesinar a su propio hijo y de haber lesionado a su hija. El brutal ataque lo perpetró en marzo de 2024, cuando encerró a su hijo en la casa que habitaban, en Neuquén, y la prendió fuego.
Durante la audiencia, la fiscal fue acompañada por la asistente letrada Agustina Bouyer. Las dos forman parte de la unidad fiscal de Delitos Contra las Personas y, durante el juicio, dieron cuenta de un contexto de violencia de parte del condenado respecto de su hijo y de su hija.
Costich ya había sido declarado responsable en un acuerdo de responsabilidad penal homologado este año. El pedido de pena, por otro lado, se realizó luego de una serie de audiencias ante un tribunal integrado por la jueza Carina Álvarez y los jueces Gustavo Ravizzoli y Andrés Repetto.
La jueza y el juez tendrán que resolver en los próximos días la cantidad de años que impondrán al condenado, en un margen de pena que inicia con un mínimo de 8 años y tiene como tope los 20 años que pidió la fiscalía, con la adhesión plena de la querella en representación de la joven víctima y de la madre de su hermano fallecido.
Durante la audiencia, la fiscal recordó que el primero de los hechos ocurrió el 24 de marzo de 2024 en el domicilio de Costich, cuando agredió físicamente a su hija. En esa oportunidad, le provocó quemaduras en el rostro al rociarla con insecticida y prenderla fuego con un encendedor, luego de haberla golpeado y encerrado en la vivienda.
El segundo hecho se produjo dos días después, el 26 de marzo del mismo año, también en la misma casa. Según la investigación, luego de una discusión con su hijo, Nazareno Jara, y tras consumir drogas y alcohol, Costich inició un incendio intencional mientras Jara dormía en la planta alta. La víctima falleció como consecuencia del fuego.
La fiscalía calificó el accionar del condenado como lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada (primer hecho), y estrago doloso seguido de muerte (segundo hecho).