Con fuerte reproche, echaron a portera faltadora
Una portera de escuela se convirtió en la nueva despedida, en la purga de ñoquis, faltadores e indisciplinados, que puso en marcha el gobierno provincial neuquino, desde que asumió en diciembre de 2023.
En las últimas horas se supo que el Ejecutivo provincial neuquino convalidó -hace ya algunos días- una resolución del Consejo Provincial de Educación (CPE) y le impuso la sanción de cesantía a Ileana Elizabet Masa, quien se desempeñaba como auxiliar de servicio en la Escuela Primaria N 124 de Centenario.
Las auditorias dieron por acreditado que la ahora ex portera incurrió en abandono de cargo, al haber inasistido en forma injustificada, los días 16, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de junio; 3 y 4 de julio, todos de 2023. La dirección general de Medicina Clínica aseguró que no había registro de pedidos de licencias por parte de la agente, que también faltó a la audiencia de declaración indagatoria.
En el expediente consta que la vicedirectora suplente de la mencionada escuela expresó que los faltazos de esta señora, influyeron en el dictado de clases, “al no poder garantizar la limpieza de las aulas y sectores que le correspondían”.
Por otra parte, quienes llevaron adelante el sumario consideraron que la sanción de cesantía “resulta más que adecuada, en cuanto la agente sumariada fue reincidente en una conducta que flanquea el deber básico de trabajar”, y afectó a una escuela “lugar a donde asisten las infancias, resultando -por el Interés Superior del Niño- fundamental el trabajo que realizan todos y cada uno de los agentes”.
Le endilgaron, en consecuencia, una “evidente falta de consideración”, hacia los niños, “cuyos derechos son transversales a todo, incluso a esta situación concreta”.
En el expediente también se destaca que todos los trabajadores tienen el deber de prestar el servicio con eficacia, capacidad y diligencia, en el lugar, condiciones de tiempo y forma que determinen las disposiciones vigentes. Y se aclara que se dispondrá la cesantía cuando se constante el abandono del servicio sin causa justificada o inasistencia injustificada de cinco días laborables y continuos, lo que configura abandono del cargo.