Chapelco está listo para una nueva (y mejor) etapa
Se terminó el misterio. En la tarde de este lunes se dio a conocer el acta de preadjudicación de la licitación destinada a concesionar el Centro de Esquí y Complejo Chapelco, ubicado en la localidad neuquina de San Martín de los Andes.
El contrato de concesión tendrá una vigencia de 25 años, con opción a prórroga por 5 años más. Y será una nueva y (se espera) mejor etapa, al término de una concesión (la de la empresa Nieves del Chapelco) que se prolongó durante unos 38 años a fuerza de prórrogas que esquivaron la sana competencia.
Ni bien asumió, el gobernador Rolando Figueroa anunció el fin de los privilegios y eso incluyó al centro de esquí, que ahora va rumbo a una serie de inversiones que fortalecerán el turismo en esa bella región.
El nuevo pliego establece condiciones orientadas a promover el desarrollo económico y turístico regional, adaptadas a los cambios que ha experimentado la actividad desde la última adjudicación. La comisión estuvo conformada por representantes del ministerio de Infraestructura; de Economía, Producción e Industria; la Secretaría de Ambiente y el Ministerio de Turismo de la provincia del Neuquén; y por el intendente Carlos Saloniti, en representación del municipio.
Las ofertas que llegaron hasta esta última instancia fueron: Plumas Verdes SA; UTE: Desarrollos del Norte SA/S+R Gestión de Negocios SA/Isella Constantini/Casanova; y Transportes Don Otto S.A.
Tras un riguroso análisis, la comisión resolvió preadjudicar a la firma Transportes Don Otto S.A., al considerar que presentó la única oferta admisible, cumpliendo en todos sus términos con el Pliego de Bases y Condiciones y con un proyecto de inversión viable, ajustado a la normativa y a su situación económico-financiera. Don Otto S.A. tiene amplia experiencia y es la misma firma que administra tanto el centro de montaña de La Hoya (en la provincia de Chubut) como el Cerro Catedral (en Río Negro), en este caso a través del grupo económico (CAPSA).
Como contrapartida, la comisión recomendó rechazar la oferta presentada por la UTE a la que se hizo mención, por condicionar su propuesta en abierta contradicción con lo establecido en el artículo 38, inciso 2.e) del Anexo I, Sección II del Reglamento N.º 2758/95, en concordancia con la Ley N.º 2141. Entre otras condiciones, la firma solicitaba que el Estado asumiera el pago de indemnizaciones laborales, la provisión de un sistema de admisión para esquiadores, la postergación de inversiones obligatorias, el uso gratuito de la telesilla del Mocho, ajustes de inversión ligados al crecimiento turístico regional, la disponibilidad de elementos no inventariados, la asunción de responsabilidades ante posibles reclamos por tierras y el reconocimiento de un derecho de prioridad sobre futuras operaciones en el cerro.
Al mismo tiempo, se recomendó rechazar la oferta de la empresa Plumas Verdes S.A., por no contar con respaldo financiero suficiente, no ser económicamente viable ni cumplir con los requisitos establecidos en materia ambiental, especialmente en lo relativo a la normativa de bosques, conforme lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones.