Zafó ex funcionario de Omar Gutiérrez
Un tribunal de impugnación rechazó un recurso presentado por el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid contra la absolución del ex subsecretario de Ambiente de la provincia de Neuquén, Juan de Dios Lucchelli, quien fue juzgado por la presunta comisión de incumplimiento de los deberes de funcionario público y no le comprobaron el delito.
El hecho que le atribuyó el Ministerio Público Fiscal (MPF) al ex funcionario en el juicio fue que no controló la descontaminación y disposición final de transformadores con PCB que, durante su gestión en la subsecretaría de Ambiente, estuvieron en poder de la cooperativa eléctrica de Plottier. Lucchelli era funcionario del ex gobernador Omar Gutiérrez.
En el debate, el fiscal jefe destacó que, al menos desde 2017, “la cooperativa mantuvo tres transformadores acopiados a cielo abierto y sin mayores precauciones”, en un predio en el que funcionaba (o funciona) un depósito de la cooperativa. Luego, entre diciembre de 2019 y marzo de 2020, esos transformadores fueron enterrados en el mismo predio, donde la fiscalía los encontró en mayo de 2023, debajo de un bloque de hormigón.
El juez de garantías Juan Guaita resolvió absolverlo. Breide Obeid objetó que el fallo fue “arbitrario” y lo impugnó. “La interpretación que hizo el juez de garantías Juan Guaita al momento de dictar la absolución fue que de la ley surge que el ex funcionario no era autoridad de aplicación”, indicó Breide Obeid, y sostuvo que esa interpretación fue “contraria a la prueba generada durante el juicio”.
Impugnación
Ahora, el tribunal integrado por las juezas Florencia Martini y Patricia Lupica Cristo y por el juez Andrés Repetto, consideró que la resolución del juez Guaita “sólo expuso su opinión jurídica” y que “los jueces de alzada no debemos referirnos a las opiniones jurídicas de otros jueces, debiendo limitarnos a resolver los agravios planteados respecto de las resoluciones impugnadas”.
A partir del voto del juez Repetto, al que adhirieron sus pares, el tribunal remarcó que “no se advierte una arbitrariedad manifiesta que permita habilitar la declaración de admisibilidad del recurso intentado”, y lo declaró inadmisible, imponiendo las costas a la fiscalía.