Fertilidad asistida por orden judicial para matrimonio de mujeres

18 mayo, 2017
Fertilidad asistida por orden judicial para matrimonio de mujeres
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La Justicia acaba de condenar al Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN) a cubrir el costo de un procedimiento de fertilidad asistida a un matrimonio de mujeres, que decidió tener hijos mediante la donación de semen.

Así lo resolvió la jueza Alejandra Bozzano, del juzgado civil 2 de Neuquén, en la causa “C. M. J. y otro c/ I.S.S.N. s/acción de amparo”, en el expediente 516.674  de este año.

La jueza ordenó la cobertura “al 100% del tratamiento de fertilización asistida FIV-CSI, de alta complejidad, con gametos propios de la pareja y con semen heterólogo, tal como fuera solicitado y de acuerdo con la indicación médica, en el plazo de 10 días, con costas”.

El ISSN, a través de la obra social estatal, había denegado la cobertura, según las demandantes,  basado en “inexistencia de enfermedad orgánica, que la pareja no tiene antecedentes de infertilidad, el riesgo de un embarazo en una persona de más de 40 años y la baja posibilidad de éxito de embarazo”.

Las mujeres habían pedido la cobertura explicando que forman pareja desde el año 2013 y en el 2015 contrajeron matrimonio igualitario, por lo que “a la luz de la ley 26.618, pretendiendo tener un hijo o hija y que por razones estrictamente biológica no pueden ser madres por el método natural de reproducción (…) necesitan una fertilización in vitro con semen heterólogo”.

La jueza expuso en su dictamen que “se advierte (…) que en la denegatoria subyace una conducta discriminatoria por la igualdad de sexos de las accionantes, violentando expresamente el último párrafo del art. 8 de la ley 26.862”.

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