2026-03-02

Tiemblan los chorros: se vienen las Taser

En la profundización del combate contra el delito en general y el narcotráfico en particular -que de hecho ha arrojado buenos resultados- el gobierno provincial neuquino equipará a los efectivos de la Policía con una herramienta que tiene gran aceptación en la sociedad: las pistolas Taser.

Este domingo, en su discurso de apertura de sesiones en la Legislatura, el gobernador Rolando Figueroa, anunció: “Autorizamos la compra para la incorporación de dispositivos Taser, cámaras corporales y equipamiento complementario para fortalecer la capacidad de intervención en todo el territorio provincial”. “Desde el primer día de la gestión tomamos una decisión clara: poner a la seguridad como una de las prioridades de este gobierno”, reforzó.

Efectivamente, la inversión (varias veces millonaria) está destinada a fortalecer las capacidades operativas y promover un uso gradual y razonable de la fuerza en intervenciones policiales. Según se indicó al respecto, el uso de los dispositivos Taser irá acompañado por protocolos de actuación y más capacitaciones específicas para el personal policial. 

Según se indicó al respecto, la adquisición contribuirá a mejorar la planificación logística, la trazabilidad del equipamiento y la transparencia en el uso de medios coercitivos, en línea con estándares nacionales e internacionales de profesionalización policial y respeto por los derechos humanos.

Se cumplieron las etapas

En junio último, con su publicación en el Boletín Oficial, entró en vigencia la ley (aprobada por la Legislatura neuquina) que autoriza la utilización de las Taser. Para entonces, efectivos de la Policía neuquina ya habían comenzado a realizar capacitaciones.

Se trata de armas que generan una descarga eléctrica para inmovilizar temporalmente a los delincuentes. Los puntos sobresalientes de la reglamentación prevén que solo pueden emplearse armas homologadas por autoridades nacionales o que ya estén en uso por otras fuerzas de seguridad en el país.

La reglamentación provincial también especifica los usos permitidos, así como las restricciones. De esta manera, el empleo de armas no letales (o menos letales, hay debate en cuento a la terminología) está habilitado para inmovilizar o detener a personas que representen un peligro inminente, ejercer la legítima defensa (propia o de terceros) e impedir la comisión de un delito.

En cuanto a las restricciones, está prohibida la modificación del arma para aumentar su poder ofensivo. Además, no debe utilizarse de forma indiscriminada ni contra personas vulnerables (niños, embarazadas, adultos mayores o personas con discapacidad), y está prohibida la transferencia a particulares o agentes no autorizados.

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