2025-07-01

Condenan a ex intendente, pero no va preso

El ex intendente de Fernández Oro (localidad rionegrina muy cercana a Neuquén), Juan Oscar Reggioni, fue condenado a tres años de prisión en suspenso, con inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos ¿El motivo? Lo consideraron culpable de administración fraudulenta agravada contra la administración pública y uso de documento ideológicamente falso.

La pena resulta de la unificación entre la condena dictada en este juicio y una sentencia de 2019, que ya le había impuesto un año y seis meses en suspenso. Pero no irá preso, ya que el tribunal sólo le impuso el cumplimiento de pautas de conducta por tres años y el pago de las costas procesales. La sacó barata.

La maniobra que motivó la condena se relaciona con la utilización de una declaración jurada adulterada que le permitió destrabar el cuarto y último desembolso de un plan nacional de viviendas. De las doce unidades previstas por el programa, solo seis fueron construidas total o parcialmente.

El resto de las personas imputadas -tres presidentes de cooperativas y una intermediaria- fueron absueltas, ya sea por falta de pruebas, por retiro de la acusación o por afectaciones al principio de congruencia procesal.

El veredicto se conoció en mayo, en la causa vinculada al plan de viviendas implementado entre 2014 y 2015. El tribunal analizó si existió una maniobra dolosa para obtener fondos nacionales sin respetar las condiciones del convenio firmado entre el municipio y la subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.

El acuerdo establecía la construcción de doce viviendas en seis meses, con desembolsos escalonados sujetos a certificaciones técnicas. Reggioni (referente de un partido vecinalista) gestionó tres de los cuatro desembolsos, equivalentes al setenta y cinco por ciento del financiamiento total. En una declaración jurada de agosto de 2015, afirmó haber ejecutado ese mismo porcentaje, lo que implicaría nueve viviendas finalizadas. Sin embargo, durante el juicio se acreditó que solo se habían construido seis viviendas (completas o parciales), es decir, apenas el cincuenta por ciento del total comprometido.

En su decisión, el tribunal descartó que Reggioni se hubiera apropiado personalmente del dinero, y también consideró que no podía imputársele el perjuicio económico derivado del cuarto desembolso, ya que ese tramo fue ejecutado durante la gestión municipal posterior. 

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