Neuquén ya puede adquirir y usar las pistolas Taser
Todo parece indicar que, en su plan de fortalecimiento del combate contra el delito, la provincia de Neuquén está cerca de incorporar las llamadas pistolas Taser (u otros dispositivos eléctricos, también llamados armas menos letales). De hecho, el viernes -con la publicación de la reglamentación en el Boletín Oficial- entró en vigencia la ley que los autoriza.
Efectivos de la Policía neuquina ya habían realizado capacitaciones. Y, en mayo último, el ministro de Seguridad, Matías Nicolini, había señalado que para la compra de esas armas primero había que concretar la reglamentación. Ese paso ya se dio.
Se trata de armas que generan una descarga eléctrica para inmovilizar temporalmente a una persona. Los puntos sobresalientes de la reglamentación prevén que solo pueden emplearse armas homologadas por autoridades nacionales o que ya estén en uso por otras fuerzas de seguridad en el país, previa capacitación obligatoria, por parte de los efectivos en uso legítimo de la fuerza, normas y principios de derechos humanos y uso adecuado y efectos de estos dispositivos.
Además, la Policía deberá mantener un registro del personal capacitado, con detalles del instructor, fechas y actualizaciones. Sobre el control de estos dispositivos, la reglamentación establece un sistema de monitoreo permanente del uso y efectos de estos dispositivos y que ese uso debe documentarse mediante grabación audiovisual, conforme protocolos provinciales y nacionales. Dichos registros deben servir para mejorar la capacitación y orientar su despliegue.
La reglamentación provincial también especifica los usos permitidos, así como las restricciones. De esta manera, el empleo de armas no letales (o menos letales) está habilitado para inmovilizar o detener a personas que representen un peligro inminente, ejercer la legítima defensa (propia o de terceros) e impedir la comisión de un delito.
En cuanto a las restricciones, está prohibida la modificación del arma para aumentar su poder ofensivo. Además, no debe utilizarse de forma indiscriminada ni contra personas vulnerables (niños, embarazadas, adultos mayores o personas con discapacidad), y está prohibida la transferencia a particulares o agentes no autorizados.
El protocolo también señala que antes de utilizar el dispositivo, el policía deberá identificarse a viva voz, excepto si esto implica un riesgo evidente.