2025-01-25

Estatales: sin declaración jurada, no habrá sueldos

Los funcionarios de la planta política del gobierno de la provincia de Neuquén estarán obligados a presentar sus declaraciones juradas, y aquellos que no lo hagan no podrán cobrar sus sueldos. El decreto se conoció en la semana. Pero como fue el mismo día del envío del proyecto de ficha limpia que el gobernador remitió a la Legislatura, quizá haya pasado medianamente desapercibido. Por eso se impone profundizar en este asunto, que forma parte de la estrategia de tolerancia cero frente a las indisciplinas y hechos de corrupción, que puso en marcha Rolando Figueroa.

“En virtud del exhaustivo relevamiento efectuado, se ha detectado un bajo cumplimiento por parte de los/as obligados/as en las presentaciones de las declaraciones juradas”, dice el decreto que ya está en vigencia. Y explica que “a razón de la política integral de reorganización del Estado y transparencia en la función pública instaurada por la actual gestión de Gobierno resulta de imperiosa necesidad dar cumplimiento inmediato a las obligaciones”. Los puntos más salientes del decreto son los siguientes.

* Determínase que todos/as los/as funcionarios/as y empleados/as de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada, alcanzados/as por la Ley 5 y sus Decretos reglamentarios, deben presentar la correspondiente declaración jurada de su patrimonio, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles computados desde la remisión de la nómina prevista en el Artículo 2° de la presente norma a la Escribanía General de Gobierno”.

* Instrúyase a las máximas autoridades de cada organismo de la Administración Pública Provincial Centralizada y Descentralizada a fin de remitir a la Escribanía General de Gobierno, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles desde la emisión de la presente norma, la nómina de funcionarios/as y empleados/as, alcanzados/as por la Ley 5 y sus Decretos reglamentarios; e informar a éstos de la remisión de la nómina mencionada que los/as incluye.

* Instrúyase a las áreas de Recursos Humanos correspondientes a efectos de retener los haberes de aquellos/as agentes que, en el plazo dispuesto, no hubieren dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1° de la presente norma y hasta tanto no presenten la correspondiente declaración jurada de patrimonio, de conformidad con la reglamentación de la Ley 5.

* Establézcase que no podrá tomar posesión del cargo, quien no dé cumplimiento a la obligación establecida en la Ley 5 y sus Decretos reglamentarios; y Determínase que las áreas de Recursos Humanos correspondientes serán responsables de corroborar el cumplimiento de lo dispuesto previo a dar de alta al personal.

Los legislativos

En su decreto, Figueroa invitó a los Poderes Legislativo, Judicial, órganos extra poder y Municipios a emitir en el ámbito de su competencia normas de contenido similar. La respuesta de la Legislatura fue inmediata.

En efecto, la vicepresidenta en función de la presidencia, Zulma Reina, firmó el viernes una resolución para intimar a los funcionarios del Poder Legislativo a presentar sus declaraciones juradas patrimoniales en un plazo máximo de 30 días hábiles.

Te puede interesar