Eliminaron "criterios de exclusión" en la Tarifa Social de gas

29 octubre, 2020
Eliminaron "criterios de exclusión" en la Tarifa Social de gas
Gas-Hornalla-El-Litoral-
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El pasado lunes 26 de octubre, por pedido del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) el Secretario de Energía, Darío Martínez, solicitó ANSES que deje sin efecto las limitaciones impuestas en la Tarifa Social de gas, respetando únicamente los criterios de elegibilidad y exclusión, para eso se recomendó difundir un "Modelo de Gestión Unificada Ventanilla Única Social" como única vía para tramitar el beneficio de Tarifa Social. 

Son 61.000 los beneficiarios que quedaron excluidos de la Tarifa Social entre julio de 2019 y marzo de 2020 por los criterios establecidos en 2016 y luego en julio del año pasado, que ahora podrán solicitar nuevamente el beneficio a través de la Ventanilla Única de la ANSES. 

La decisión de la gestión anterior buscaba que se verificara la titularidad de otro medidor en las relaciones familiares declaradas ante ese organismo y el proceso de control de derecho mensual. La verificación de la titularidad de otro medidor en las relaciones familiares declaradas ante ANSES, significaba que, si un integrante de la familia era informado por la Licenciataria de Distribución como titular de otro suministro, era una causa de exclusión del beneficio. Ante esta situación, el ENARGAS solicitó la eliminación del criterio de exclusión por multimedidor, por no encontrarse dentro de la normativa.

En cuanto al proceso de control de derecho mensual requería que la ANSES verificara que la persona titular del servicio incorporado al Registro de Beneficiarios de la Tarifa Social, no incurriera en un criterio de exclusión, motivo por el cual, la cantidad de beneficiarios decrecía mes a mes. Esto es por ejemplo, en el caso de cobro de un bono, presentismo, horas extra, se producía a la exclusión del beneficio y, en consecuencia, el usuario debía tramitar el ingreso nuevamente. Para evitar los controles mensuales, el ENARGAS solicitó la vigencia del beneficio por un año.

Los criterios que eliminó el secretario de Energía, no se encontraban alineados con los fines perseguidos con la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública que tenía como fin "la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva" "propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares".

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