Condenan al banco por generarle deuda a un cliente

5 mayo, 2017
Condenan al banco por generarle deuda a un cliente
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La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Neuquén modificó una sentencia de primera instancia, y condenó al HSBC a cerrar una cuenta corriente y cancelar la deuda de 13.758,18 pesos que pretendía cobrarle al titular de la misma. El caso se enmarca en un presunto caso de abuso (o, al menos, intento de abuso) del banco contra quien, en definitiva, era su cliente.

El denunciante, Pedro Gustavo L., contó ante la Justicia que, como empleado de Casino Magic, sus haberes eran depositados en una cuenta sueldo del HSBC, entidad que cada tanto lo contactaba para ofrecerle distintos servicios. Fue así como, en 2005, accedió a un crédito que, luego de haber sido ampliado, terminó de abonar en 2011.

Pero grande (y desagradable) fue su sorpresa cuando, en 2013, fue al cajero automático y tras pulsar por error la opción de “cuenta corriente” se encontró con un saldo deudor de 7.024 pesos.

Indignado, acudió al banco en busca de explicaciones. Y las encontró. Pero no fueron las que buscaba. Pidió copia del contrato y de la constancia del envío de resúmenes a su domicilio. Y luego fue a la oficina de Defensa al Consumidor de la ciudad de Neuquén, la que resolvió multar a la entidad financiera. El banco apeló, y la multa fue confirmada por el Juzgado Civil N 1 de esta ciudad, señala un fallo que acaba de conocerse.

Según el denunciante, “el banco no sólo omitió brindarle información acerca de la apertura de la cuenta corriente, sino que tampoco envió los resúmenes a su domicilio, incumpliendo así el deber de información durante la ejecución del contrato el cual, destaca, nunca celebró”.

Según consta en el expediente judicial, el banco negó los hechos e insistió con que el cliente debía 13.758,18 pesos “por movimientos en la cuenta corriente”.

Pues bien, la sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda pero entendió que el banco no incurrió en violación al deber de información en cuanto a la apertura de la cuenta corriente.

Pero, tras la apelación del cliente, el Tribunal de Alzada que integran los jueces Federico Gigena Basombrio y Patricia Clerici modificó la sentencia y condenó al banco a cerrar la cuenta corriente y a dar por cancelado cualquier saldo que pudiera existir.

Lo que indigna es la forma en la que creció la deuda. Veamos: según consta en la causa, la cuenta arrancó en cero en noviembre de 2008, luego apareció una deuda de 0,40 pesos por IVA e Interés cobrado, después apareció un débito automático de 142,95 pesos por “Imp. Ley 25.413 d/Debito automático”.

Así fue creciendo el saldo deudor que se retroalimentó de importes que a su vez fueron generando nuevos intereses, hasta llegar a los más de 13 mil pesos que el banco pretendía cobrar y no pudo.

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