Empresa amargó al cliente y tuvo que indemnizarlo

2 septiembre, 2017
Empresa amargó al cliente y tuvo que indemnizarlo
C4NPMK
C4NPMK

La empresa Telmex Argentina (proveedora de telefonía e internet) deberá indemnizar a un vecino al que le provocó un amplio abanico de amarguras, producto de la mala prestación del servicio. Así lo ordenó la Sala Primera de la Cámara Civil de Neuquén, al resolver las apelaciones.

En su sentencia, el Tribunal que integran los jueces Cecilia Pamphile y Marcelo Medori, rechazó la apelación de la empresa y le dio curso a la del denunciante, elevando el monto de condena a la suma total de 60 mil pesos.

Ninguna de las partes estaba conforme con el fallo del juzgado de primera instancia. El cliente, Andrés Claudio T., consideraba que el monto indemnizatorio era bajo y pedía que se lo analizara desde la óptica de los derechos del consumidor. Mientras que la compañía argumentaba que el daño no estaba debidamente acreditado.

Ahora, en su fallo, los jueces de Cámara hicieron notar la “manifiesta despreocupación y desinterés” de la empresa en dar pronta solución al problema técnico (…) que se traducía en la emisión de facturas indebidas, e intimaciones para el pago por deudas inexistentes, pese a la baja  del servicio.

“No se le dio una solución razonablemente pronta y acorde al trato digno que merecía el consumidor”, dice el fallo. Y agrega que “la prueba documental arrimada da cuenta de un sistemático acoso comercial” que incluyó el envío de intimaciones de pago improcedentes durante más de un año.

Consta en el expediente que Telmex  hizo oídos sordos a los reclamos prejudiciales; y que el estado anímico del denunciante destiló preocupación e impotencia, según narraron testigos.

“Esto último no es una cuestión menor, me refiero a la impotencia que genera sentirse forzado a transitar múltiples e infructuosos caminos por el errático comportamiento de quien debió subsanar con prontitud el error cometido, hasta tener que acudir como última alternativa a la vía judicial”,  dijo la jueza Pamphile.

Los magistrados concluyeron entonces que “Esas vicisitudes (acreditadas con la prueba documental, informativa y testimonial) permiten colegir la entidad de las angustias, sinsabores y frustraciones provocadas en el ánimo del reclamante y tornan procedente elevar el monto reconocido en concepto de daño moral (…) a la suma de 20 mil pesos”. A los que se sumaron otros 40 mil pesos por daño punitivo.

Te puede interesar
Últimas noticias