Obligan a prepaga a cubrir internación de un adicto

7 diciembre, 2016
Obligan a prepaga a cubrir internación de un adicto
Brain Mredicine
Brain Mredicine

La empresa de servicios médicos asistenciales GILSA SRL, tendrá que cubrir el 100% de la internación de un paciente que padece tanto adicciones severas como trastornos de bipolaridad, y que requiere tratamiento en una comunidad terapéutica.

Así lo dispuso el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia de Río Negro, al confirmar la decisión de una jueza de Familia de Cipolletti, que le había dado luz verde al correspondiente recurso de amparo. Un dato no es menor: la institución se encuentra en otra región del país.

La jueza Patricia Cladera había ordenado la cobertura desde marzo hasta la finalización del tratamiento o el alta médica. Y se llegó al Máximo Tribunal tras la apelación de la empresa de medicina prepaga.

Según se indicó, la jueza tuvo en consideración los certificados médicos que avalan el padecimiento con indicación precisa de internación, el fracaso de las internaciones en otras instituciones, el reclamo ante la Superintendencia de Salud y los planteos dirigidos a GILSA SRL.

Al resolver el expediente que había iniciado el padre del paciente, los jueces del STJ consideraron que “se encuentra acreditada la necesidad de (…) efectivizar con carácter urgente la internación de su hijo en la comunidad terapéutica, ya que no puede sostener tratamiento ambulatorio debido a la ingesta compulsiva de múltiples sustancias psicoactivas, tales como marihuana, alcohol, cocaína, pastillas, etc.”

Dijeron, además, que la empresa de medicina prepaga no presentó argumentos científicos o probanza alguna que demuestren que aquella prescripción de los médicos tratantes resulte errónea o injustificada.

Desde la Justicia rionegrina se aseguró que en sus fallos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha afirmado que el Estado Nacional es garante del derecho de preservación de la salud a través de acciones positivas, “sin perjuicio de las obligaciones que deban asumir en su cumplimiento las jurisdicciones locales, las obras sociales o las entidades de medicina prepaga”.

Te puede interesar
Últimas noticias